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¡La ley, señor ministro!
Horacio Meguira*
11.02.2009
El ministro Tomada ha tomado partido. Su definición en cuanto a que “el plebiscito de los trabajadores de subterráneos no es vinculante” lo define claramente a favor del monopolio de representació n sindical, haciendo caso omiso de lo resuelto por la OIT y recientemente por la Corte Suprema en el “fallo ATE”. Los trabajadores de subterráneos han recurrido al plebiscito como forma de convalidación de la voluntad constitutiva de un sindicato de trabajadores de los subterráneos de Buenos Aires. Esa voluntad expresada primariamente en la asamblea constitutiva fue ratificada por un medio democrático, constitucional y estatutario.
Es verdad que muchos nos entusiasmamos con las representaciones directas, las consultas populares y lo que el ministro llama irónicamente “democracia ateniense”. Justamente porque la representació n en los trabajadores es esencial para generar contrapoder y lograr mejores condiciones de vida y de trabajo.
El plebiscito no está expresamente previsto en la letra de la ley sindical, pero no está prohibido. Muchos sindicatos lo tienen incorporado en sus estatutos registrados en el Ministerio de Trabajo (CTA, ATE, Suteba). Forma parte de la autonomía de los trabajadores en cuanto a “constituir los sindicatos que crean convenientes” , y de la libertad sindical de administració n y de redactar sus propios estatutos.
El señor ministro de Trabajo está obligado a, cumplidos los trámites de “registro especial”, proceder a la inscripción del sindicato: su objeto es lícito, las formas son las establecidas en la ley.
Los “papeles” están presentados; es más, tienen proyecto de resolución favorable. Lo que no tiene el ministro es voluntad política para reconocer lo que el colectivo de trabajadores ya resolvió, cediendo en aras de un pacto corporativo.
Tomada no está obligado sólo por la letra del último eslabón de la cadena legislativa. El derecho en la Argentina lo conforman las normas internacionales, (tratados, los convenios de la OIT 87, 98, 135), la Constitución y finalmente la ley formal. La ley, señor ministro, no es manipulable en función de la coyuntura, no se adecua a los intereses de sectores, la ley es de todos los ciudadanos, y usted tiene la obligación de cumplirla. ¡Hágalo!
*Director del Departamento Jurídico de la CTA.